La Fundación ICAM Cortina, Pérez-Llorca y la Universidad Villanueva imparten un taller a los profesionales de la Unidad de Acceso a la Justicia de Personas con Discapacidad Intelectual de la Fundación a la Par

La Fundación ICAM Cortina y la Fundación a la Par, que trabaja por y para la protección de personas con discapacidad intelectual, han colaborado hoy en un taller dirigido a los trabajadores sociales, psicólogos y educadores sociales de la entidad que están en contacto directo con estos colectivos vulnerables.

Gracias a la colaboración de Elisa Ribas, abogada de Pérez-Llorca, y Marta Escribano, estudiante de la Universidad Villanueva, han formado sobre la LO 8/2021, de 4 de junio, que supone el reconocimiento de los derechos de las personas menores de edad, para asegurar y promover el respeto de su dignidad e integridad física y psicológica frente a cualquier forma de violencia, perjuicio, abuso físico o mental, descuido o negligencia, malos tratos o explotación.

Los profesionales de la Fundación a la Par se encuentran en el día a día con situaciones en las que necesitan saber cómo actuar jurídicamente ante el conocimiento de la posible comisión de un delito de abuso o agresión sexual a personas menores de edad o personas con discapacidad intelectual, por lo que el entendimiento de la ley resulta fundamental para ellos.

Desde la Fundación ICAM Cortina queremos agradecer al despacho Pérez-Llorca, a la Universidad Villanueva y, en espacial, a Elisa y a Marta, su firme vocación social y compromiso, así como a la Fundación a la Par por su tan amable acogida.

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Responsable Fundación ICAM Cortina-Domingo Romero Grande (Fundación ICAM Cortina)
Finalidades - Gestión de los servicios, actividades y programas de la Fundación no prestacionales.
- Información sobre dichos servicios y actividades.
- Conocer el grado de satisfacción y opinión de los destinatarios de los servicios.
- Promoción de los servicios.
Legitimación base jurídica Principalmente RGPD: art. 6.1.a) Consentimiento del interesado.
Podrán tratarse datos al amparo del RGPD: art. 6.1.f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento.
Cesiones comunicaciones Inicialmente no previstas.
En su caso, a entidades colaboradoras de los programas, para lo que se recabará el consentimiento.
En caso de ser necesarias se recabará consentimiento, para difusión en canales de comunicación y redes sociales.
Encargados del Tratamiento Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y sus encargados del tratamiento.
Colaboradores en las actividades, servicios y programas.
Procedencia El interesado. Terceros, incluido el ICAM
Derechos Acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Se pueden ejercer mediante correo electrónico dirigido a: derechosdatos@fundacionicam.es
Versión 2024.09
http://web.icam.es/bucket/RGDP/FIC_servfundacion.pdf