Ayudas médicas

Ayudas MÉDICAS

Ayudas destinadas a facilitar el pago de prótesis, audífonos u otros dispositivos médicos para colegiados o familiares, además de sociedades médicas para profesionales mayores de 65 años o colegiados en situación de dependencia.

Ayudas para prótesis, audífonos, fisioterapia y otros

¿Qué es?

Ayudas a colegiados/as del ICAM, cónyuge, pareja de hecho, hijos/as y viudos/as cuyo objetivo es la atención de las necesidades, facilitando el acceso a prestaciones y servicios que mejoren su calidad de vida y su integración en el entorno social en que han de desenvolverse.

Beneficiarios

Colegiados/as del ICAM, cónyuge, pareja de hecho, hijos/as y viudos/as cuyo matrimonio se haya disuelto al fallecimiento del colegiado/a.

Cuantía

El importe de estas ayudas se calculará teniendo en cuenta la capacidad económica familiar, así como el coste real del servicio por persona, sin exceder el importe pagado por los servicios contratados, y con un máximo de 1.500 euros.

Ayudas para Sociedades Médicas

¿Qué es?

Ayudas destinadas a financiar el pago de las cuotas de sociedades médicas a aquellos colegiados/as a partir de 65 años de edad y con dificultades económicas.

Beneficiarios

Colegiados/as a partir de 65 años de edad con antigüedad mínima de 10 años en el ICAM, que estén atravesando por dificultades económicas y que cumplan con los requisitos previstos en la convocatoria.

Cuantía

El importe de las ayudas ascenderá a un máximo de 150 euros al mes por un período máximo de 12 meses (enero a diciembre) con el límite del importe pagado por el colegiado/a a la sociedad y de acuerdo con el límite presupuestario asignado en la convocatoria.

Ayudas a la dependencia

¿Qué es?

Ayudas a colegiados/as, cónyuge o viudo/a, pareja de hecho, hijos/as que, reuniendo los requisitos determinados en la presente Convocatoria, se encuentren en Situación de Dependencia reconocida por resolución del órgano de la Administración competente.

Beneficiarios

Colegiados/as con una antigüedad mínima en el ICAM de 25 años (con las excepciones reconocidas en la convocatoria), cónyuge o viudo/a, pareja de hecho e hijos/as que reúnan los requisitos de la misma.

Cuantía

El importe de estas ayudas se calculará teniendo en cuenta la situación de dependencia o necesidad de atención temprana y la capacidad económica familiar.

  • Asistencia domiciliaria como máximo 400 euros mensuales.
  • Ingresos en Residencias como máximo de 400 euros mensuales.
  • Facilitar la autonomía de la persona dependiente como máximo 400 euros mensuales.

* Para solicitar esta prestación deberá descargar el PDF de solicitud y entregarlo debidamente cumplimentado en el Registro del ICAM (C/ Serrano, 11).

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