La Fundación ICAM Cortina empodera la autonomía de las personas con discapacidad en el Hospital de Guadarrama

La Fundación ICAM Cortina y el Hospital de Guadarrama se han unido de nuevo con el objetivo de promover la alfabetización jurídica entre los profesionales sanitarios del hospital y asociaciones de pacientes y voluntarios para acercarles la Ley 8/21, de 2 de junio. Las personas con discapacidad que se encuentran en este hospital necesitan apoyos para poder ejercer su capacidad jurídica y es importante que los profesionales que están en contacto con estos colectivos dispongan de un buen entendimiento de la ley.

De la mano de Cristina Leube, abogada voluntaria de la Fundación e impulsora de este proyecto, se ha promovido el acercamiento a esta nueva ley, cuya base es la capacidad para prestar ese consentimiento por parte de estos colectivos, lo que ha supuesto un nuevo paradigama en un periodo muy corto de tiempo. En esta ley se establecen los diferentes apoyos que las personas con discapacidad necesitan para poder prestar su consentimiento de manera personal, libre y consciente.

Esta normativa resulta aún muy desconocida y de aplicación complicada por parte de los profesionales sanitarios, por lo que, el entendimiento de la misma resulta fundamental para respetar los derechos de las personas con discapacidad y evitar una “medicina defensiva”.

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Respecto del tratamiento de datos de carácter personal, por parte de la Fundación ICAM Cortina, en cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al interesado de lo siguiente:

Responsable Fundación ICAM Cortina-Domingo Romero Grande (Fundación ICAM Cortina)
Finalidades - Gestión de los servicios, actividades y programas de la Fundación no prestacionales.
- Información sobre dichos servicios y actividades.
- Conocer el grado de satisfacción y opinión de los destinatarios de los servicios.
- Promoción de los servicios.
Legitimación base jurídica Principalmente RGPD: art. 6.1.a) Consentimiento del interesado.
Podrán tratarse datos al amparo del RGPD: art. 6.1.f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento.
Cesiones comunicaciones Inicialmente no previstas.
En su caso, a entidades colaboradoras de los programas, para lo que se recabará el consentimiento.
En caso de ser necesarias se recabará consentimiento, para difusión en canales de comunicación y redes sociales.
Encargados del Tratamiento Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y sus encargados del tratamiento.
Colaboradores en las actividades, servicios y programas.
Procedencia El interesado. Terceros, incluido el ICAM
Derechos Acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Se pueden ejercer mediante correo electrónico dirigido a: derechosdatos@fundacionicam.es
Versión 2024.09
http://web.icam.es/bucket/RGDP/FIC_servfundacion.pdf