Fundación ICAM Cortina aprueba 36 ayudas personales del Fondo de Solidaridad

La Fundación ICAM Cortina, fiel a su compromiso con el socorro mutuo, ha aprobado un total de 36 ayudas personales del Fondo de Solidaridad durante los meses de enero y febrero.

Este fondo, destinado a prestar apoyo a los colegiados en situaciones de vulnerabilidad, representa uno de los pilares fundamentales de la Fundación.

Con esta iniciativa, la Fundación ICAM Cortina reafirma su propósito de estar cerca de los compañeros cuando más lo necesitan, consolidando su papel como una institución de referencia en el ámbito de la solidaridad y el apoyo mutuo.

Estas ayudas, que están disponibles todo el año, se conceden para “afrontar situaciones de especial vulnerabilidad, derivadas de situaciones sobrevenidas y extraordinarias, para contribuir a hacer frente a situaciones de grave incertidumbre económica”.

Van destinadas a colegiados del ICAM con antigüedad mínima de 15 años de colegiación -para ayudas periódicas-, y con antigüedad mínima de 8 años para ayudas extraordinarias. También están destinadas a familiares de colegiados/as del ICAM bajo los mismos requisitos del punto anterior (viudos de colegiados del ICAM y huérfanos de colegiados del ICAM que, en este último caso, podrán solicitarla si viven de forma independiente y hasta los 25 años).

Para solicitarlas se debe aportan un modelo de solicitud cumplimentado que incluye escrito justificando de manera pormenorizada la necesidad de la ayuda, detallando las causas y situación por la que necesita la misma.

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Respecto del tratamiento de datos de carácter personal, por parte de la Fundación ICAM Cortina, en cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa al interesado de lo siguiente:

Responsable Fundación ICAM Cortina-Domingo Romero Grande (Fundación ICAM Cortina)
Finalidades - Gestión de los servicios, actividades y programas de la Fundación no prestacionales.
- Información sobre dichos servicios y actividades.
- Conocer el grado de satisfacción y opinión de los destinatarios de los servicios.
- Promoción de los servicios.
Legitimación base jurídica Principalmente RGPD: art. 6.1.a) Consentimiento del interesado.
Podrán tratarse datos al amparo del RGPD: art. 6.1.f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento.
Cesiones comunicaciones Inicialmente no previstas.
En su caso, a entidades colaboradoras de los programas, para lo que se recabará el consentimiento.
En caso de ser necesarias se recabará consentimiento, para difusión en canales de comunicación y redes sociales.
Encargados del Tratamiento Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y sus encargados del tratamiento.
Colaboradores en las actividades, servicios y programas.
Procedencia El interesado. Terceros, incluido el ICAM
Derechos Acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Se pueden ejercer mediante correo electrónico dirigido a: derechosdatos@fundacionicam.es
Versión 2024.09
http://web.icam.es/bucket/RGDP/FIC_servfundacion.pdf