Ayudas para residencias o centros de mayores
Ayudas para residencias o centros de mayores
Para contribuir a una conciliación efectiva, ante problemas de salud o ante una situación familiar adversa, la Fundación ICAM Cortina contribuye a reducir los problemas derivados de afrontar el pago de una residencia o de un centro día.
Ayudas para residencias o centros de mayores

Información
Descripción
Ayuda económica cuyo objetivo es contribuir al coste de una plaza tanto en centros de día, de noche como en residencias con carácter temporal o definitivo.
Incompatibilidad
Estas ayudas serán incompatibles con la siguientes ayudas que convoca la Fundación ICAM dentro del mismo año:
- Ayudas al fondo de solidaridad
- Ayudas a la dependencia
Importe
Máximo de 450 euros/mes hasta un máximo de 11 meses en el ejercicio 2025, teniendo en cuenta la capacidad económica familiar (ver tabla) así como el coste real del servicio por persona
¿A quién va destinada?
- Colegiados del ICAM con una antigüedad mínima de 20 años de colegiación de los cuales, los últimos cinco años, deberán ser inmediatamente anteriores a la solicitud de las prestaciones.
- Cónyuge no separado
- Pareja de hecho inscrita en el registro correspondiente
- Viudos/as cuyo matrimonio se haya disuelto al fallecimiento del colegiado/a, que tengan 67 años de edad o más y, entre estos, tendrán preferencia a la hora de la concesión de la ayuda los viudos/as sin descendencia sobre los que la tengan (todo ello en relación con lo establecido en el artículo 143 del Código Civil). Se les aplicarán los mismos criterios colegiales que al propio colegiado
Otros requisitos
- Los colegiados/as o familiares de colegiados/as que soliciten la ayuda deberán estar, en el momento de la solicitud, al corriente de pago en todas las obligaciones colegiales y no estar sancionado por esta causa.
- No deberán estar incursos en procedimiento disciplinario alguno con resolución sancionadora que haya devenido firme en vía administrativa, ya sea por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid o por cualquier otro
- Los ingresos de la unidad familiar no pueden superar cuatro veces el importe del IPREM computándose los ingresos brutos sin ningún tipo de deducción y divididos entre el número de miembros de la unidad familiar.
- No disponer la unidad familiar de patrimonio inmobiliario alguno, con excepción de la vivienda habitual incluyendo garaje y trastero. En aquellos casos en los que además del patrimonio especificado en el párrafo anterior la unidad familiar disponga de otras titularidades compartidas, éstas no pueden llegar en conjunto al 100% del pleno dominio de tal cotitularidad
¿Cómo solicitarla?
Documentación a aportar
- Libro de familia o documento que acredite:
– La unidad familiar
– En caso de no ser el solicitante el colegiado del ICAM, el parentesco con el letrado. - Certificado o volante de empadronamiento familiar
- Copia de la última declaración del I.R.P.F. anual de los miembros de la unidad familiar obligados a presentarla. En caso de no estar obligado a presentar declaración de IRPF, aportará certificado negativo y/o certificado de pensiones de Seguridad Social y/o Mutualidad.
- Recibos justificantes de pago por los servicios con indicación de las horas e importe mensual.
- Certificado del Registro Catastral de los miembros la unidad familiar (bienes inmuebles)
- Certificado del Registro de la Propiedad de los miembros de la unidad familiar
- Certificado de titularidad bancaria del colegiado/viuda
Plazo cerrado
Esta ayuda se puede solicitar de forma online o a través del Registro ICAM