Ayudas para favorecer el inicio de la profesión

Ayudas para favorecer el inicio de la profesión

La creación de esta nueva ayuda busca favorecer el inicio de la profesión de abogado/a por cuenta propia tanto a colegiados/as como a huérfanos de colegiados/as del ICAM en el inicio de su profesión por cuenta propia 2024.

Esta ayuda ha sido  posible gracias a la donación que la Institución Protectora de Huérfanos de la Abogacía (IPHA) realizó al ICAM.

Gracias a esta donación, la Fundación ICAM Cortina ha podido crear esta nueva ayuda con el objetivo de continuar con el legado de esta Institución. Por ello, a esta nueva ayuda pueden acceder tanto los colegiados/as ejercientes del ICAM como los huérfanos de colegiados/as del ICAM que cumplan con los requisitos previstos en la convocatoria.

Ayuda para el inicio de la profesión por cuenta propia

Descripción

La Fundación ICAM Cortina convoca ayudas a los colegiados/as ejercientes del ICAM para favorecer el inicio de la profesión de abogado/a por cuenta propia, financiando los gastos derivados de la puesta en marcha de la profesión. Esta ayuda cubre exclusivamente los siguientes gastos:

  1. Cuotas colegiales abonadas antes del cierre de la convocatoria de la ayuda
  2. Adquisición de medios técnicos e informáticos
  3. Programas informáticos y de contabilidad para el inicio de la profesión
  4. Formación complementaria para el inicio de la profesión

Importe

Máximo de 1.000 euros en un pago único 

  1. Colegiados ejercientes del ICAM con entre uno y tres años de antigüedad
    • Que estén al corriente de pago en las obligaciones colegiales y que no estén cumpliendo una sanción firme no rehabilitada por el ICAM en el momento de la solicitud
    • Que no estén percibiendo la Ayuda del Fondo de Solidaridad de la Fundación ICAM Cortina
    • Que no estén recibiendo la Ayuda de Máster/Doctorado para colegiados de la Fundación ICAM Cortina
  2. Huérfanos de colegiados del ICAM hasta los 30 años de edad, con independencia de que no se dediquen al sector de la abogacía
    • Siempre que el colegiado estuviera al corriente de pago en las obligaciones colegiales y no estuviera cumpliendo una sanción firme no rehabilitada por el ICAM en el momento inmediatamente anterior a la baja
  1. Los íngresos íntegros del solicitante, divididos entre el número de miembros de la unidad familiar, han de ser inferiores a 3,5 veces el IPREM (29.400 euros).
  2. La unidad familiar del solicitante no debe disponer de patrimonio inmobiliario alguno, con excepción de la vivienda habitual incluyendo garaje y trastero. Si la unidad familiar dispone de otras titularidades compartidas estas no pueden llegar en conjunto al 100% del pleno dominio de tal cotitularidad.

Documentación a aportar

  1. Facturas o justificantes del importe abonado por los gastos derivados exclusivamente de las iniciativas cubiertas por la convocatoria
  2. Libro de familia completo
  3. Certificado o volante de empadronamiento familiar
  4. Copia de la última declaración del I.R.P.F. de los miembros de la unidad familiar (ver cuadro). En caso de no estar obligado, certificado negativo y/o certificado de pensiones de Seguridad Social y/o Mutualidad, computándose los ingresos brutos sin ningún tipo de deducción y divididos entre el número total de miembros de la unidad familiar
  5. Certificado de titularidad bancaria del solicitante de la cuenta que indique para percibir el abono de la ayuda.
  6. Certificado de Registro de la Propiedad de los miembros de la unidad familiar
  7. Certificado Catastral de los miembros de la unidad familiar
  8. Fotocopia de la declaración censal de Alta en el Censo de Empresarios (Modelo 037/036) 9. Si el solicitante es huérfano acreditar la relación con el colegiado

Plazo cerrado

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Responsable Fundación ICAM Cortina-Domingo Romero Grande (Fundación ICAM Cortina)
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- Promoción de los servicios.
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Podrán tratarse datos al amparo del RGPD: art. 6.1.f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento.
Cesiones comunicaciones Inicialmente no previstas.
En su caso, a entidades colaboradoras de los programas, para lo que se recabará el consentimiento.
En caso de ser necesarias se recabará consentimiento, para difusión en canales de comunicación y redes sociales.
Encargados del Tratamiento Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y sus encargados del tratamiento.
Colaboradores en las actividades, servicios y programas.
Procedencia El interesado. Terceros, incluido el ICAM
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Se pueden ejercer mediante correo electrónico dirigido a: derechosdatos@fundacionicam.es
Versión 2024.09
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